Derecho al estudio universitario
El derecho al estudio universitario se fundamenta en los artículos n.º 3 y n.º 34 de la constitución y determina la posibilidad, para los capaces y meritorios, incluso carentes de medios económicos, de alcanzar los grados más altos de los estudios.
EL DERECHO AL ESTUDIO UNIVERSITARIO (DSU) INSTITUTO SECOLI – MILÁN | A.A. 2025-2026
1) EL DERECHO AL ESTUDIO UNIVERSITARIO
El Derecho al Estudio Universitario se fundamenta en los artículos n.º 3 y n.º 34 de la Constitución y determina la posibilidad para los capaces y meritorios, incluso carentes de medios económicos, de alcanzar los grados más altos de los estudios. La ley regional (l.r.) Lombardía 13/12/2004 n.º 33 disciplina el sistema de intervenciones dirigidas a hacer efectivo el Derecho al Estudio Universitario en las Instituciones de Alta Formación Artística y Musical (AFAM).
Los beneficios para los estudiantes inscritos en un curso de Diploma Académico de I Nivel del Instituto Secoli consisten en la concesión de Becas de Estudio, asignadas mediante concurso convocado en conformidad con la l.r. Lombardía 13/12/2004, n.º 33 y al art. n.º 3, del decreto del Presidente del Consejo de Ministros (d.p.c.m.) 09/04/2001, ejecutivo del art. n.º 4 de la ley (l.) 02/12/1991, n.º 390, también a la luz del d.lgs. 31/03/1998 n.º 109, que contiene la disciplina del Indicador de la Situación Económica Equivalente (ISEE) como parámetro de evaluación de las condiciones económicas de los aspirantes a la obtención de las Becas de Estudio, y de las ulteriores disposiciones de ley y reglamento aplicables, incluida la deliberación de la Junta regional (d.G.r.) de la Región Lombardía n.º XII/2745 del 15/07/2024.
Para garantizar el Derecho al Estudio Universitario, el Instituto Secoli coordina, organiza y proporciona en favor de los que tienen derecho:
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intervenciones y servicios dirigidos a la actuación del Derecho al Estudio Universitario previstos por la l.r. Lombardía n.º 33 del 13/12/2004;
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desarrolla y propone la ulterior oferta de intervenciones y servicios para facilitar la participación en sus propios cursos de estudio.
Además, el Instituto Secoli promueve todas las intervenciones que contribuyen a mejorar las condiciones de vida y de estudio. Estas intervenciones se refieren, además de las Becas de Estudio ex l.r. n.º 33/2004, también a los siguientes servicios:
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servicio de Biblioteca Materioteca;
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actividades culturales y de socialización;
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tutores didácticos;
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servicio de orientación al trabajo/prácticas;
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oficina de apoyo didáctico.
2) A QUIÉN PUEDE CONCEDERSE LA BECA DE ESTUDIO
Pueden presentar solicitud de Beca de Estudio:
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los ciudadanos italianos;
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los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea;
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los ciudadanos de Estados no pertenecientes a la Unión Europea.
En posesión de estos siguientes requisitos:
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ser estudiante, admitido o inscrito en el año académico 2025/2026, en un curso de Diploma Académico de I Nivel activado por el Instituto Secoli en la sede de Milán;
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estar en posesión de los requisitos económicos y de mérito, del siguiente punto 4.
El beneficio de la Beca de Estudio puede concederse a los inscritos en los cursos de Diploma Académico de I Nivel que frecuentan por primera vez cada año de curso previsto por el ordenamiento didáctico, por un período igual a siete semestres a partir del año de primera matriculación absoluta. El acceso a las becas de estudio está reservado a los estudiantes regularmente inscritos en el año académico 2025/2026, es decir, en regla con los requisitos académicos y con la posición administrativa (pago de tasas) antes del 06.10.2025.
A raíz de la entrada en vigor de la l. 33/2022 está permitida la doble inscripción simultánea en dos cursos de licenciatura. El estudiante debe declarar en la solicitud la eventual doble inscripción y para qué inscripción pretende valerse de los servicios del Derecho al Estudio Universitario. El estudiante con doble inscripción tiene derecho a una mayoración del 20% del importe de Beca de Estudio.
No pueden participar en el concurso, bajo pena de exclusión, los estudiantes que:
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hayan conseguido previamente títulos de estudio de nivel igual, equivalente o superior al curso para el que se solicitan los beneficios;
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se beneficien o se hayan beneficiado ya para el mismo año de curso de una Beca de Estudio proporcionada por el Instituto Secoli o por otros entes;
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se inscriban en el Instituto Secoli después de haber efectuado renuncia a los estudios, decadencia, transferencia, etc. en el Instituto Secoli u otra universidad/academia;
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estén inscritos en una universidad extranjera y admitidos a frecuentar los cursos en el Instituto Secoli en el ámbito de acuerdos de intercambio internacional.
3) ASIGNACIÓN BECAS DE ESTUDIO
Para el a.a. 2025/2026 el Instituto Secoli, sobre la base de la asignación otorgada, pone a concurso € 11.644,81 en Becas de Estudio, además de eventuales futuras integraciones por parte de la Región Lombardía.
4) REQUISITOS DE ACCESO A LAS LISTAS
4.1) Requisitos de Mérito
a. Estudiantes primer año Curso de Diploma Académico de I Nivel:
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Estar regularmente inscritos por primera vez en el primer año para el a.a. 2025/2026 en la fecha del 06/10/2025;
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Haber conseguido una nota de diploma de bachillerato no inferior a 80/100;
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Poseer los requisitos económicos del punto 4.2.
La confirmación de los beneficios está subordinada al logro de al menos 40 créditos antes del 10/08/2026.
b. Estudiantes segundo y tercer año Curso de Diploma Académico de I Nivel:
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Estar regularmente inscritos para el a.a. 2025/2026 en el segundo o tercer año en la fecha del 06/10/2025;
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Haber conseguido antes del 10/08/2025:
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al menos 40 créditos formativos (para estudiantes inscritos en el segundo año)
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al menos 100 créditos formativos (para estudiantes inscritos en el tercer año)
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Poseer los requisitos económicos del punto 4.2.
La confirmación de los beneficios está subordinada al logro antes del 10/08/2026 de:
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100 créditos formativos (para estudiantes inscritos en el segundo año)
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160 créditos formativos (para estudiantes inscritos en el tercer año).
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c. Estudiantes con discapacidad: Para los estudiantes con invalidez superior al 66% o con discapacidad (ley 104/92), los requisitos de mérito pueden redefinirse, con una desviación máxima del 40%, por una comisión interna específica.
d. Bonus: En caso de que no se alcance el número mínimo de créditos, es posible utilizar un bonus una sola vez en la carrera:
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5 créditos, si se utiliza por primera vez para el segundo año;
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12 créditos, si se utiliza por primera vez para el tercer año.
La cuota no utilizada puede usarse en los años sucesivos.
4.2) Requisitos relativos a las condiciones económicas
Las condiciones económicas se individualizan sobre la base del ISEE Universitario. Para el a.a. 2025/2026, las rentas de referencia son las del 2023 y el patrimonio al 31/12/2024. Los límites que respetar conjuntamente son:
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Indicador de Situación Económica Equivalente (ISEE) Universitario: no superior a € 26.516,70;
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Indicador de Situación Patrimonial Equivalente (ISPE): no superior a € 57.645,03.
Estudiante Independiente: Para ser considerado «independiente», el estudiante debe satisfacer simultáneamente los siguientes requisitos:
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Residencia separada de la de la familia de origen desde al menos dos años;
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La residencia no debe estar en un inmueble de propiedad o en usufructo de la familia de origen;
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Adecuada capacidad de renta por trabajo dependiente o asimilados, desde al menos dos años, no inferior a € 9.000,00 anuales.
Estudiantes Extranjeros: La condición económica de los estudiantes extranjeros se evalúa mediante el ISEEU-ISPEU Equiparado. Para la obtención de tal certificación, los estudiantes pueden dirigirse al CAAF convenido con el Instituto Secoli:
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CGIL CAAF: Corso di Porta Vittoria, 43 – 20122 Milán – Tel. 02.540211.
Es necesario presentar la documentación relativa a núcleo familiar, rentas y patrimonios, expedida por las autoridades competentes del País de origen, legalizada y traducida al italiano.
5) IMPORTE DE LAS BECAS DE ESTUDIO
El importe se diferencia según la franja ISEE y la procedencia geográfica del estudiante.
a. Franjas de renta: | Franja de Renta | Valores ISEE Universitario | | :— | :— | | 1ª | de € 0,00 a € 13.258,35 | | 2ª | de € 13.258,36 a € 17.677,80 | | 3ª | de € 17.677,81 a € 26.516,70 |
b. Procedencia geográfica:
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Estudiante en sede: residente en el municipio de los cursos (Milán) o en un municipio limítrofe especificado en el Anexo A.
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Estudiante pendular: residente en un municipio que permite un desplazamiento diario entre 60 y 90 minutos con medios públicos.
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Estudiante fuera de sede: residente en un lugar distante (más de 90 minutos con medios públicos) que toma alojamiento a título oneroso durante al menos 10 meses.
Importes Becas de Estudio (incluida una comida diaria del valor de € 818,00):
ESTUDIANTES EN SEDE
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1ª Franja: € 3.383,00
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2ª Franja: € 2.950,00
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3ª Franja: € 2.114,00
ESTUDIANTES PENDULARES
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1ª Franja: € 4.754,00
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2ª Franja: € 4.134,00
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3ª Franja: € 3.254,00
ESTUDIANTES FUERA DE SEDE
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1ª Franja: € 8.134,00
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2ª Franja: € 7.073,00
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3ª Franja: € 5.776,00
6) INTEGRACIONES DE LAS BECAS DE ESTUDIO
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Estudiantes discapacitados: La beca puede incrementarse hasta el 40% para estudiantes con invalidez superior al 66% o con discapacidad reconocida (ley 104/92).
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Movilidad internacional: No está prevista ninguna integración para el a.a. 2025/2026.
7) PROCEDIMIENTOS PARA LA FORMACIÓN DE LAS LISTAS
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Estudiantes primer año: La lista se determina según la situación económica (puntuación ISEE). En caso de empate en puntuación, prevalece la nota de diploma y después la edad menor.
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Estudiantes años sucesivos: La lista se determina por una puntuación global (máx. 1.000 puntos) dada por la suma de la puntuación por los créditos conseguidos (máx. 600 puntos) y por la media de notas (máx. 400 puntos).
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Estudiantes con discapacidad: Los estudiantes con invalidez superior al 66% y con discapacidad (ley 104/92), si están en posesión de los requisitos, tienen derecho a la beca también en excedencia y se colocan en cabeza de la lista.
8) PLAZOS Y MODALIDADES PARA LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD
Las solicitudes deben presentarse
antes y no después del 31/10/2025. La entrega debe realizarse personalmente, previa cita, en sobre cerrado en la Oficina DSU Instituto Secoli, Viale Vittorio Veneto n.º 18/a, 20124 Milán.
Documentos que adjuntar para todos:
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Formulario MOD7516 «Solicitud de admisión al concurso DSU» cumplimentado y firmado;
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Copia de un documento de identidad válido;
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Copia Certificación ISEE Universitario 2025;
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Copia Declaración Sustitutiva Única (DSU) 2025 en versión extendida y firmada.
Documentos adicionales:
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Solo para estudiantes del primer año: Copia del diploma de escuela secundaria;
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Solo para estudiantes del segundo y tercer año: Copia del plan de estudios con exámenes adquiridos al 10/08/2025;
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Solo para estudiantes «fuera de sede»: Copia del contrato de alquiler registrado (que entregar antes del 10/12/2025);
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Solo para estudiantes con invalidez: Documentación médica que compruebe la invalidez;
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Solo para estudiantes no UE: Copia del permiso de estancia válido.
La falta o irregular presentación de un documento comporta la exclusión del concurso.
9) PUBLICACIÓN DE LAS LISTAS PROVISIONALES Y EVENTUALES RECURSOS
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Lista provisional: Publicada en el sitio www.secoli.com a partir del 28/11/2025.
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Recursos: Eventuales instancias de revisión deben presentarse en un plazo de 15 días desde la publicación.
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Lista definitiva: Publicada a partir del 12/12/2025.
Los estudiantes podrán resultar «idóneos beneficiarios» (asignatarios de beca) o «idóneos no beneficiarios» (en posesión de los requisitos pero no asignatarios por agotamiento de fondos).
10) ASIGNACIÓN Y PAGO DE LAS BECAS DE ESTUDIO
El pago se realiza en dos plazos:
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Primer plazo (50%): Antes del 31/12/2025.
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Segundo plazo: Abonado al logro de los créditos mínimos requeridos antes del 10/08/2026.
Requisitos créditos para el segundo plazo y mantenimiento del beneficio:
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Estudiantes primer año: 40 créditos que conseguir antes del 10/08/2026 (plazo último 30/11/2026);
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Estudiantes segundo año: 100 créditos que conseguir antes del 10/08/2026 (plazo último 30/11/2026);
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Estudiantes tercer año: 160 créditos que conseguir antes del 10/08/2026 (plazo último 30/11/2026).
La falta de adquisición de los créditos antes del 30/11/2026 comporta la
revocación de la beca y la devolución del primer plazo.
11) INCOMPATIBILIDAD Y DECADENCIA
La Beca no es acumulable con otras formas similares de ayuda económica. El estudiante perderá el derecho en caso de sanciones disciplinarias graves, no presentación de documentos requeridos para los controles, abandono de los estudios o traslado durante el año académico 2025/2026.
15) RECORDATORIO DE FECHAS LÍMITE
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10/08/2025: Fecha límite de registro de exámenes para estudiantes de años posteriores;
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31/10/2025: Fecha límite de presentación de solicitud de Beca;
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desde el 28/11/2025: Publicación de clasificaciones provisionales;
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10/12/2025: Fecha límite de presentación del contrato de alquiler para estudiantes no residentes;
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desde el 12/12/2025: Publicación de clasificaciones definitivas;
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10/08/2026: Fecha límite para obtener los créditos para el segundo pago;
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30/11/2026: Fecha límite para obtener los créditos para mantener la beca;
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15/12/2026: Fecha límite para cobrar el importe de la beca.
Institucional
Convocatoria DSU
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